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¿Qué pasa si usted es co-firmante de un prestatario que se ha declarado en bancarrota?

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Cuando firma un préstamo o una línea de crédito para un amigo, asociado o miembro de la familia, asume una cierta cantidad de riesgo. Entonces, si las cosas van mal, se verá obligado a estar en el gancho por el saldo adeudado. El acreedor o el tercero que hace colecciones de deudas, también pueden perseguirlo legalmente.

Pero, ¿qué sucede si el prestatario se declara en bancarrota? ¿Cómo le afectará esto a usted como co-firmante? La información a continuación lo ayuda a comprender cómo las peticiones de bancarrota personal de otra persona pueden afectarlo como co-firmante. Si aún tiene preguntas, debe hablar con un abogado con licencia en su estado. Podemos conectarlo con el experto adecuado para sus necesidades. Llámenos al (855) 997-0148, o complete el formulario a la derecha para comenzar.

Usted estará enganchado por el saldo

La respuesta breve es, que incluso una vez que una deuda se cancela a través de una declaración de bancarrota personal a través de la Corte, el cobrador puede buscar un co-firmante para el saldo pendiente. La única forma en que puede salir de esto es, si el prestatario principal acepta pagar el saldo completo.

Entonces, si la persona a la que co-firmó para los archivos de bancarrota, ¡tiene que hablar con ellos! Debe asegurarse que manejen la deuda que tiene su nombre en ella, para que no quede sin pagar esa deuda, una vez que estén libres y limpios.

El Capítulo 13 es ligeramente mejor para los co-firmantes

Durante la bancarrota, de acuerdo con la Ley de Prevención del Abuso de Bancarrota y Protección al Consumidor (BAPCPA, por sus siglas en inglés), los prestatarios obtienen lo que se conoce como una suspensión automática de cualquier deuda incluida en la petición. Esto significa que los acreedores y los cobradores deben suspender todos los intentos de cobro del prestatario.

Con una presentación de bancarrota del Capítulo 13, la suspensión automática también se extiende a los co-firmantes. Tenga en cuenta que aún se debe mantener el equilibrio, pero no se pueden realizar cobros, por lo que es mejor para usted porque los acreedores no pueden hostigarlo mientras el prestatario pasa por el proceso de la bancarrota.

Pero durante la estructuración del plan de amortización, el prestatario debe aceptar pagar la deuda que usted firmó en su totalidad. De lo contrario, el cobrador puede ir a buscarlo por el saldo restante. De hecho, si el plan de pago del prestatario no dice que está pagando la deuda en su totalidad, el cobrador puede solicitarle al tribunal que levante la suspensión automática para que puedan exigirle el pago a usted, incluso antes de que se complete la bancarrota.

En el Capítulo 7 significa que no hay una suspensión automática

Si el prestatario solicita la bancarrota del Capítulo 7, los co-firmantes no estarán protegidos por la suspensión automática del prestatario. De hecho, un cobrador puede ir contra usted, una vez que un prestatario hace la presentación, si aún no lo hizo.

Las únicas dos formas de salir de él, son:

  1. Si el prestatario reafirma la deuda, es decir, la quitan de la mesa para su aprobación en la bancarrota y acuerda devolver esa deuda en particular, en su totalidad.
  2. Si incluso, después de haber incluido la deuda en la presentación, el prestatario cancela el saldo restante. No existe una ley que prohíba pagar una deuda en su totalidad, incluso si fue incluida en la bancarrota.

Entonces, de nuevo, solo podrá salir “del apuro”, si su amigo o miembro de su familia acepta cumplir con la deuda por él mismo.

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