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¿Qué es la prescripción de la deuda de los préstamos estudiantiles?


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Pregunta: La universidad de Mississippi a la que asistí me envió recientemente una notificación por un saldo pendiente. La universidad dijo que hizo una auditoría interna y encontró que yo debía dinero. No se trata de dinero de préstamos estudiantiles. Recibí préstamos estudiantiles cuando me matriculé en 2003. La universidad afirma que, durante la auditoría, hubo algunas discrepancias de fechas sobre cuándo me retiré, por lo que tuvieron que devolver algunos fondos al originador del préstamo estudiantil. La última vez que me matriculé en la universidad fue en 2003. No sé cuándo se realizó la auditoría. La notificación que recibí (abril de 2019) decía que, si el saldo no se pagaba en 30 días, se enviaría a cobros. He investigado un poco por mi cuenta. Lo que he encontrado dice que el plazo de prescripción no es superior a 6 años. ¿Sería desde la fecha de la deuda o desde la fecha de la auditoría? ¿Se aplica esto a mi situación y qué puedo hacer?

– Crystal B. de Minneapolis

Steve Rhode, «El hombre para salir de las deudas», responde…

Estimada Crystal,

La deuda reclamada podría muy bien estar fuera del estatuto de limitaciones. Pero la gente no entiende cómo funciona eso. Si una deuda está fuera de la ley de prescripción no significa que no puedan intentar cobrarla. El argumento de la no prescripción es algo que puede plantear si le demandan por la deuda. Pero no hay nada automático que permita que no se intente cobrar la deuda caducada.

Sin embargo, últimamente se está hablando de impedir que los acreedores puedan cobrar una deuda fuera de plazo y/o de exigir a los acreedores que informen al consumidor de que la deuda está fuera de los límites para poder demandar por ella. En este momento no hay ninguna norma al respecto.

Creo que su reacción instintiva es correcta en el sentido de que se trata de una deuda fuera de plazo. El estatuto de limitaciones de la mayoría de las deudas en la mayoría de los estados expira después de seis años. Sin embargo, esa es una posición legal y la única persona que puede darle una opinión legal específica es un abogado con licencia para practicar la ley en su estado.

Un lugar para buscar un abogado de este tipo es ConsumerAdvocates.org [ING].

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En este punto, usted no debe entrar en pánico. Lo que necesita son hechos y consejería legal para que pueda tomar una decisión informada sobre cómo proceder.

Me gustaría saber más sobre esta deuda que supuestamente se debe desde 2003. ¿Tiene la escuela alguna documentación que respalde la reclamación? Puede intentar que validen la deuda. Si la deuda es grande y no está relacionada con los préstamos estudiantiles, entonces se puede eliminar con la bancarrota, pero no tengo suficiente información para darle una orientación sólida sobre esa opción.

Yo no admitiría que usted debe la deuda. Hacer eso puede reiniciar el reloj de la prescripción.

El primer paso más lógico sería concertar una cita con un abogado especialista en su estado para que revise la situación y le aconseje si tiene una defensa en caso de ser demandado por la deuda. Si el abogado le dice que la deuda está fuera del plazo de prescripción, entonces puede decirle amablemente al acreedor lo que dijo su abogado y que no debe seguir con el asunto.

Si intentan cobrar, diríjalos a su abogado, que estará encantado de tratar con ellos por una tarifa asequible. También puede redactar una carta de cese y desistimiento para decirle al cobrador que ya no desea que se pongan en contacto con usted. Si la deuda ya ha prescrito, ya no pueden demandarle ante los tribunales, esta carta debería detener cualquier contacto posterior.

Recuerde, si tiene deuda de tarjetas de crédito, deudas de impuesto o, incluso, desea reparar su puntaje de crédito, puede llamarnos al y un experto en finanzas le hará una consulta gratuita.

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