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¿Tengo que pagar la deuda tributaria antes de presentarme en bancarrota?

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La deuda fiscal no pagada es única, especialmente cuando se trata de la bancarrota. Pero no se preocupe, eso no significa que tenga que devolver el dinero que adeuda de sus impuestos. Puede declararse en bancarrota sin importar qué tipo de deuda tenga, incluso si se trata de impuestos atrasados ​​al Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés). De hecho, como la mayoría de las deudas, la bancarrota puede brindarle una salida a sus problemas con la deuda tributaria.

La información que ponemos a su disposición a continuación, puede ayudarlo a comprender qué sucede con la deuda tributaria cuando se declara en bancarrota. Si tiene alguna pregunta o desea hablar con un experto sobre su situación, llámenos o complete el formulario a la derecha para conectarse con un especialista en impuestos o en bancarrota… O con ambos.

Deuda fiscal en el Capítulo 13 de bancarrota

Si planea solicitar el Capítulo 13 de bancarrota, donde logra que los tribunales acepten un plan de pago parcial de sus deudas a cambio de la cancelación de los saldos restantes, entonces su deuda tributaria generalmente se incluirá en ese plan. Al menos algunos de los pagos que realice se utilizarán para llegar a un acuerdo con el IRS o la oficina de impuestos de su estado.

Así que no se preocupe por volver a pagar la deuda fiscal antes de presentar el reclamo para el Capítulo 13, porque su plan incluirá los medios para resolver sus problemas.

Deuda fiscal en el Capítulo 7 de bancarrota

Con la bancarrota del Capítulo 7, las cosas se complican un poco. La deuda tributaria del IRS puede liquidarse a través de la bancarrota, pero solo si cumple con los siguientes criterios:

  • Que sea deuda de impuesto a la renta.
  • Que usted haya presentado una declaración de impuestos legítima en los dos años anteriores a su presentación de bancarrota.
  • Que la deuda tenga al menos 3 años de antigüedad.
  • Que el IRS haya evaluado la deuda, al menos 240 días antes que usted se haya declarado en bancarrota.
  • No haya cometido intencionalmente fraude o evasión fiscal.

Si cumple con esos cinco criterios, puede descargar la deuda tributaria a través del Capítulo 7 de bancarrota. La descarga también incluirá multas e intereses generados por esa deuda.

Otros impuestos adeudados (como la nómina) no se pueden dar de baja durante la bancarrota, ni ninguna penalización generada por esos tipos de impuestos. Aún puede declararse en bancarrota y sus otras deudas pueden ser canceladas, pero todavía deberá los demás impuestos y deberá pagarlos.

La presentación no elimina los embargos o retenciones

Si tiene un embargo impositivo federal sobre cualquier propiedad debido a los impuestos atrasados ​​que adeuda, la cancelación de esa deuda durante la bancarrota no eliminará ese gravamen. La deuda deberá ser pagada, de modo que el gravamen se pueda eliminar inmediatamente después del alta, pero deberá tomar las medidas correctas para liquidar el gravamen. Asegúrese de hacer esto lo más rápido posible, para que no tenga problemas cuando intente vender.

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